Este es un formulario legal que fue publicado por el Pennsylvania Department of Human Services, una autoridad gubernamental que opera dentro de Pennsylvania. A partir de hoy, el departamento emisor no proporciona en separado pautas de presentación para el formulario.
Detalles del formulario:
Descargue una versión del Formulario MH786-S haciendo clic en el enlace debajo o busque más documentos y plantillas proporcionados por el Pennsylvania Department of Human Services.
Q: ¿Qué es el formulario MH786-S?
A: El formulario MH786-S es una solicitud de tratamiento no voluntario a través del sistema penal en Pennsylvania.
Q: ¿Para qué se utiliza el formulario MH786-S?
A: El formulario MH786-S se utiliza para solicitar tratamiento no voluntario para una persona que sufre de una enfermedad mental grave a través del sistema penal en Pennsylvania.
Q: ¿Quién puede presentar el formulario MH786-S?
A: El formulario MH786-S puede ser presentado por un fiscal de distrito, un oficial de policía, un juez o cualquier miembro de la familia de la persona.
Q: ¿Qué información se requiere en el formulario MH786-S?
A: El formulario MH786-S requiere información sobre la persona que necesita tratamiento, incluyendo su nombre, dirección, diagnóstico y declaración de por qué se necesita el tratamiento no voluntario.
Q: ¿Cuál es el proceso después de presentar el formulario MH786-S?
A: Después de presentar el formulario MH786-S, se llevará a cabo una audiencia para determinar si se otorga el tratamiento no voluntario. Si se otorga, la persona será ingresada en un centro de tratamiento designado.
Q: ¿Cuánto tiempo se puede mantener a una persona en tratamiento no voluntario?
A: El tratamiento no voluntario puede durar hasta 90 días, pero puede ser extendido si se considera necesario.
Q: ¿Cuáles son los derechos de una persona sometida a tratamiento no voluntario?
A: Una persona sometida a tratamiento no voluntario tiene el derecho de ser evaluada por un profesional de la salud, de tener un abogado presente en la audiencia y de impugnar la decisión de tratamiento no voluntario.
Q: ¿Qué sucede si una persona se niega a recibir tratamiento no voluntario?
A: Si una persona se niega a recibir tratamiento no voluntario, se puede solicitar una orden de tratamiento involuntario para garantizar que reciba la atención necesaria.
Q: ¿Dónde se puede obtener el formulario MH786-S?
A: El formulario MH786-S se puede obtener en la oficina del fiscal de distrito, en la oficina del juez de paz o en línea a través del sitio web del estado de Pennsylvania.